NORMATIVA BIOEQUIVALENCIA ECUADOR - VIGENTE Y VERSIONES ANTERIORES

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Fecha última actualización: 8 diciembre 2025

INSTRUCTIVO VIGENTE

INSTRUCTIVO EXTERNO CRITERIOS Y REQUISITOS PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA (BE) Y BIODISPONIBILIDAD (BE) EN LOS MEDICAMENTOS EN GENERAL DE USO HUMANO

Versión 4.0

2024-07

link ARCSA 

https://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2024/07/IE-B.3.2.1-MED-02_Criterios-y-requisitos-para-demostrar-bioequivalencia-y-biodisponibilidad-en-los-medicamentos-de-uso-humano-version-4.0.pdf

 Actualización del “Objetivo” y “Consideraciones Generales”;

 Inclusión de las definiciones de “Agencias de alta vigilancia sanitaria”, “Medicamento de estrecho margen terapéutico” y “Riesgo sanitario alto, medio y bajo”, e inclusión de la sección “Instrucciones”; 

  Actualización de la Tabla 1. Lista de principios activos que deben presentar estudios de bioequivalencia in vivo o in vitro y fecha máxima de presentación, incluyendo la exigencia de los estudios de bioequivalencia para los principios activos “Empagliflozina” y “Atazanavir”; 

  Actualización de la Tabla 2. Lista de medicamentos comparadores para demostrar bioequivalencia y biodisponibilidad, incluyendo los comparadores para los principios activos “Empagliflozina” y “Atazanavir”; 

  Inclusión de una nota explicativa en la sección “5. Cuando no son necesarios los estudios de equivalencia” del Anexo 1: “Guía Técnica de Bioequivalencia y Biodisponibilidad”; 

  Aclaración de los laboratorios nacionales que podrán realizar los estudios “in vitro” y actualización de la sección 2.2 “Antecedentes necesarios para respaldar una solicitud de bioexención”, del Anexo 2: “Requisitos y procedimiento para la presentación de estudios para demostrar bioequivalencia”; y, 

  Actualización con la nueva imagen institucional.


DOCUMENTOS PARA LA APLILCACIÓN DEL INSTRUCTIVO VIGENTE

La Resolución ARCSA-DE-2023-015-AKRG, a través de la cual se emite la “Normativa Técnica Sanitaria Sustitutiva que establece los criterios y requisitos para demostrar bioequivalencia y biodisponibilidad en los medicamentos de uso y consumo humano”  

(publicada en Registro Oficial 330, 13-jun.-2023),

2023-06-13

link ARCSA (LEXIS)

https://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2024/06/ARCSA-DE-2023-015-AKRG_Normativa-Tecnica-Sanitaria-Sustitutiva-que-establece-los-criterios-y-requisitos-para-demostrar-bioequivalencia-y-biodisponibilidad.pdf



La Resolución ARCSA-DE-2024-058-DASP, a través de la cual se expide la “Normativa Técnica Sanitaria Sustitutiva para la obtención del registro sanitario, control y vigilancia de medicamentos en general de uso humano.”, publicada en el Registro Oficial No. 731, de fecha 28 de enero de 2025o documento que lo sustituya; 

2025-01-28

Link ARCSA (REGISTRO OFICIAL)

https://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2025/02/Resolucion-ARCSA-DE-2024-058-DASP_Medicamentos-en-general-de-uso-humano..pdf


El Marco para la ejecución de los requisitos de equivalencia para los productos farmacéuticos, Documento Técnico Nro. 8 de la Red Panamericana de Armonización de la Reglamentación Farmacéutica (Red PARF), publicado en junio del 2011; 

2011-06

Link OPS

https://www.paho.org/es/documentos/red-parf-documento-tecnico-no-8-marco-para-ejecucion-requisitos-equivalencia-para



INSTRUCTIVO PROPUESTA BORRADOR

INSTRUCTIVO EXTERNO CRITERIOS Y REQUISITOS PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA (BE) Y BIODISPONIBILIDAD (BE) EN LOS MEDICAMENTOS EN GENERAL DE USO HUMANO

Versión 5.0

2025-12

 Actualización del “Objetivo” y “Consideraciones Generales”;  

 Modificación e inclusión de definiciones. 

  Modificación del nombre del instructivo. 

  Actualización con la nueva imagen institucional. 

  Actualización del Anexo 1, en la sección 11.1.1. Sistema de Clasificación biofarmacéutica. 

  Actualización del Anexo 2 sección 2.1 REQUISITOS GENERALES PARA ESTUDIOS IN VIVO E IN VITRO, literal C. 

  Actualización de la Tabla 1. Lista de principios activos que deben presentar estudios de bioequivalencia in vivo o in vitro y fecha máxima de presentación, incluyendo la exigencia de los estudios de bioequivalencia para los principios activos “Dapagliflozina”; 

  Actualización de la Tabla 2. Lista de medicamentos comparadores para demostrar y biodisponibilidad, incluyendo los comparadores para los principios activos “Dapagliflozina”;  

 Documento 107 páginas


Formato de recolección de observaciones


Consulta pública

Desde el 20/11/2025 al 18/12/2025

Las observaciones en el formato de recolección de observaciones se receptarán a través del correo: consultapublica@controlsanitario.gob.ec   hasta el día 18 de diciembre de 2025.


Comparación de los documentos versión 4 (vigente) y versión 5 (borrador) por medio de la herramienta notebook google 

Los dos documentos analizados son instructivos externos de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) que establecen los criterios y requisitos para demostrar Bioequivalencia (BE) y Biodisponibilidad (BD) en medicamentos de uso humano.
La comparación se realiza entre la Versión [4.0] del instructivo, con fecha de Julio de 2024, y la Versión [5.0] (Borrador), con fecha de Diciembre de 2025.
A continuación, se presenta una comparación de los documentos y los cambios clave que intenta introducir la versión borrador (V5.0).
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Comparación de Documentos y Cambios Introducidos por la Versión [5.0]
La Versión 5.0 es una actualización planificada (borrador) de la Versión 4.0, y las principales modificaciones se centran en la formalización del alcance, la inclusión de nuevos requisitos regulatorios y la expansión de los criterios técnicos para las bioexenciones basadas en el Sistema de Clasificación Biofarmacéutica (BCS).
1. Cambios Generales y de Identificación
Aspecto
Versión [4.0] (Julio 2024)
Versión [5.0] (Diciembre 2025, Borrador)
Cambio Introducido por V5.0
Versión y Fecha
Versión 4.0, Julio / 2024.
Versión 5.0, Diciembre / 2025.
Actualización de la versión y la fecha.
Título del Instructivo
"CRITERIOS Y REQUISITOS PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA Y BIODISPONIBILIDAD EN LOS MEDICAMENTOS DE USO HUMANO".
"CRITERIOS Y REQUISITOS PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA (BE) Y BIODISPONIBILIDAD (BD) EN LOS MEDICAMENTOS EN GENERAL DE USO HUMANO".
Modificación del nombre del instructivo, incluyendo las siglas (BE) y (BD) y la frase "EN GENERAL".
Contenido
Se indica la inclusión de Empagliflozina y Atazanavir en la Tabla 1 y 2 en la actualización a V4.0.
Se actualiza el “Objetivo” y “Consideraciones Generales”.
Se actualizan o modifican secciones introductorias.
2. Modificaciones Regulatorias y de Definiciones
El documento borrador V5.0 introduce varias modificaciones en las bases regulatorias y las definiciones:
Documentos de Aplicación (Consideraciones Generales): La Versión 5.0 actualiza la normativa de referencia al incluir la Resolución ARCSA-DE-2024-058-DASP (Enero de 2025), la cual expide la "Normativa Técnica Sanitaria Sustitutiva para la obtención del registro sanitario, control y vigilancia de medicamentos en general de uso humano". La Versión 4.0 citaba en su lugar el Acuerdo Ministerial 586.
Regulación de Ensayos Clínicos (Estudios in vivo): La Versión 5.0 cambia el reglamento aplicable para estudios in vivo realizados en Ecuador, indicando que se debe cumplir con el Acuerdo Ministerial 00069-2024 (Enero de 2025). La Versión 4.0 hacía referencia al Acuerdo Ministerial 0075 (Junio de 2017).
Definición de Agencias de Alta Vigilancia Sanitaria:
    ◦ La Versión 4.0 define estas agencias incluyendo a las Autoridades de Referencia Regional (OPS/OMS), Autoridades Reguladoras Estrictas (OMS), el "Ministry of Food and Drug Safety" de la República de Corea del Sur y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
    ◦ La Versión 5.0 modifica esta definición para incluir las Autoridades Catalogadas por la OMS (WLA). Además, V5.0 incluye explícitamente la definición de "Autoridad catalogada por la OMS (WLA, sus siglas en inglés)".
Inclusión de Definiciones: La Versión 5.0 incluye formalmente la definición de "Ingrediente farmacéutico activo (IFA)".
3. Actualización de Principios Activos y Requisitos Técnicos
El borrador V5.0 introduce cambios directos en la lista de medicamentos y los requisitos de laboratorio:
Inclusión de Nuevos Principios Activos (Tabla 1 y 2):
    ◦ La Versión 5.0 añade un SÉPTIMO GRUPO a la Tabla 1, incorporando DAPAGLIFLOZINA, con un estudio requerido IN VITRO y una fecha máxima de entrega de DICIEMBRE / 2028.
    ◦ La Versión 5.0 actualiza la Tabla 2 para incluir los comparadores para DAPAGLIFLOZINA (Marca Comercial: FORXIGA).
Requisitos para Estudios In Vitro (Anexo 2): La Versión 5.0 introduce una aclaración más estricta sobre los laboratorios nacionales que pueden realizar estudios in vitro.
    ◦ Mientras que la V4.0 requería certificación BPL o acreditación ISO 17025, la V5.0 especifica que la acreditación bajo la norma ISO/IEC 17025 debe constar expresamente que su alcance incluya específicamente los ensayos descritos en la sección 2.1.2. Esta aclaración busca garantizar la competencia técnica, confiabilidad y trazabilidad de los procedimientos.
Guía Técnica de Bioequivalencia y Biodisponibilidad (Anexo 1): La Versión 5.0 incluye una Actualización del Anexo 1, en la sección 11.1.1. Sistema de Clasificación biofarmacéutica.
    ◦ Criterios de Solubilidad y Permeabilidad (BCS): La Versión 5.0 presenta una definición y metodología mucho más detallada para clasificar la Alta Solubilidad y la Alta Permeabilidad en el marco del BCS.
        ▪ Alta Solubilidad: V5.0 detalla que la dosis más alta debe ser completamente soluble en o menos en el rango de pH de 1,2 a 6,8 a 37 () °C. Requiere evaluar al menos tres valores de pH (incluyendo 1.2, 4.5 y 6.8), y recomienda usar la técnica de matraz agitado (shake flask) o un método alternativo justificado.
        ▪ Alta Permeabilidad: V5.0 especifica que debe ser de absorción, ya sea por biodisponibilidad absoluta o por el balance de masa, con reglas estrictas sobre qué metabolitos pueden considerarse (excluyendo aquellos de reducción o hidrólisis a menos que se justifique).
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Resumen de los Cambios Introducidos por el Documento Borrador (V5.0)
El documento borrador Versión 5.0 busca introducir una modernización y un endurecimiento de los requisitos regulatorios y técnicos.
Los cambios más importantes son:
1. Actualización Regulatoria: Reemplazo de referencias normativas antiguas (Acuerdo Ministerial 586 y AM 0075) por documentos más recientes (Resolución ARCSA-DE-2024-058-DASP y Acuerdo Ministerial 00069-2024).
2. Expansión de la Vigilancia Sanitaria: Inclusión de las Autoridades Catalogadas por la OMS (WLA) en la definición de Agencias de alta vigilancia sanitaria.
3. Inclusión de Nueva Molécula: Exigencia de estudios de bioequivalencia (in vitro) para DAPAGLIFLOZINA.
4. Mayor Rigor en Estudios In Vitro: La exigencia de que el alcance de la acreditación ISO/IEC 17025 para laboratorios nacionales que realicen estudios in vitro debe incluir específicamente los ensayos detallados en la guía.
5. Detalles Técnicos para Bioexención: Gran ampliación y detallado de los criterios técnicos para el Sistema de Clasificación Biofarmacéutica (BCS) en el Anexo 1, especificando rigurosamente los métodos y umbrales para demostrar Alta Solubilidad y Alta Permeabilidad.
El cambio en los criterios del BCS y la especificación del alcance de la acreditación para los estudios in vitro reflejan un esfuerzo por alinear los procesos de bioequivalencia con estándares internacionales más detallados y exigentes para garantizar la calidad farmacéutica.
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Imaginemos el proceso de regulación de medicamentos como la construcción de un puente (el medicamento genérico) que debe ser tan seguro y funcional como el puente original (el medicamento comparador). La Versión 4.0 proporcionaba planos y especificaciones claras. La Versión 5.0 (Borrador) no solo agrega un nuevo tramo de puente que debe ser construido (Dapagliflozina), sino que también introduce códigos de construcción mucho más estrictos y detallados, especialmente en lo que respecta a los materiales (criterios BCS) y la certificación de los inspectores (alcance de la acreditación ISO/IEC 17025), asegurando que cada componente cumpla con las mediciones más precisas.



INSTRUCTIVOS  ANTERIORES NO VIGENTES

INSTRUCTIVO EXTERNO CRITERIOS Y REQUISITOS PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA (BE) Y BIODISPONIBILIDAD (BE) EN LOS MEDICAMENTOS EN GENERAL DE USO HUMANO

Versión 1

2020 - 11

Creación

link particular

https://drive.google.com/file/d/1pkC3MM4MNBDvUHG8oISyLj1tbk0c1nu4/view?usp=sharing

CONTENIDO

1. OBJETIVO DEL INSTRUCTIVO………………………………………………………..……………..5

2. DEFINICIONES ........................................................................................................................... 5

3. CONSIDERACIONES GENERALES…………………..………………………………..…7

4.ANEXOS……………………………………………………………………………………...…….8

ANEXO 1: LISTA DE PRINCIPIOS ACTIVOS QUE DEBEN PRESENTAR ESTUDIOS DE BIOOEQUIVALENCIA…..………………………….……. 8

ANEXO 2: LISTA DE MEDICAMENTOS DE REFERENCIA PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA…………………………………………………………………………….. 10

ANEXO 3: GUÍA TÉCNICA DE BIOEQUIVALENCIA Y BIODISPONIBILIDAD..…………..13



 INSTRUCTIVO EXTERNO CRITERIOS Y REQUISITOS PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA (BE) Y BIODISPONIBILIDAD (BE) EN LOS MEDICAMENTOS EN GENERAL DE USO HUMANO

Versión 2.0

2021-12

Actualización por cambio de formato de imagen institucional. 

  Actualización del listado de moléculas que deben presentar estudios de bioequivalencia y del listado de los comparadores. 

  Actualización de los Criterios para seleccionar Medicamento Comparador.

  Inclusión de los requisitos y procedimiento para la presentación de estudios para demostrar Bioequivalencia, el proceso de inspección de Buenas Prácticas de Bioequivalencia y la guía de Buenas Prácticas de Bioequivalencia, establecidos en el Instructivo IE-B.3.2.1-MED-01 versión 2. 

link particular

https://drive.google.com/file/d/1gIALCh5arZknUjh6t9dSkAeUt8B7tQ2b/view?usp=sharing


INSTRUCTIVO EXTERNO CRITERIOS Y REQUISITOS PARA DEMOSTRAR BIOEQUIVALENCIA (BE) Y BIODISPONIBILIDAD (BE) EN LOS MEDICAMENTOS EN GENERAL DE USO HUMANO

Versión 3.0

 2023-07

 Actualización por cambio de formato de imagen institucional. 

  Se actualiza el objetivo del instructivo. 

  Se incluye la definición de Sólidos Orales de uso directo. 

  Se amplía el criterio de priorización para la selección de las nuevas moléculas con exigencia de presentar estudios de bioequivalencia en las actualizaciones de la lista. 

  Se actualiza la lista de moléculas que deben presentar estudios de bioequivalencia y sus respectivos comparadores. Se incluye 6 (seis) nuevas moléculas: Amiodarona, Axitinib, Cabergolina, Melfalan, Mercaptopurina, Tamoxifeno. 

  En el Anexo 1 – Guía Técnica de Bioequivalencia y Biodisponibilidad se elimina el numeral 11.4 Pruebas de equivalencia in vitro para las formas de dosificación no orales, por cuanto la normativa solo aplica para solidos orales. 

  En el Anexo 2 - Requisitos y procedimiento para la presentación de estudios para demostrar Bioequivalencia, se actualiza la sección: Requisitos Generales para estudios In Vivo e In Vitro, literales c) y e). Además, se actualiza la sección ESTUDIOS VOLUNTARIOS. Actualización conforme a lo establecido en la Resolución ARCSA-DE-2023-015-AKRG: 

  Se elimina los requisitos de color y tamaño de la palabra BIOEQUIVALENTE, que debe imprimirse en el empaque secundario Julio / 2023 del bioequivalencia. 

 Se establece la periodicidad con la que se actualizará la lista de principios activos que requieren estudios de bioequivalencia "in vivo" e "in vitro. 

  Se incluye la posibilidad que el regulado solicite la inclusión de una molécula en la lista antes mencionada y el tiempo en el cual lo puede realizar. Conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria SEGUNDA: se concede un plazo adicional de un (1) año para los principios activos cuyas fechas máximas de entrega se encontraban establecidas para el 17 de marzo de 2023 y 17 de septiembre de 2023. 

Link ARCSA

https://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2023/06/Instructivo-Externo-IE-B.3.2.1-MED-02-BIOEQUIVALENCIA.pdf

CONTENIDO

1. OBJETIVO DEL INSTRUCTIVO....................................................................................................... 6

2. DEFINICIONES.............................................................................................................................. 6

3. CONSIDERACIONES GENERALES ................................................................................................. 9

4. ANEXOS ..................................................................................................................................... 11

4.1. ANEXO 1: Guía técnica de bioequivalencia y biodisponibilidad

4.2. ANEXO 2: nvima 


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Indice Normativa Bioequivalencia Invima

https://invima.gov.co/productos-vigilados/medicamentos-y-productos-biologicos/bioequivalencia

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